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Acabamos de recibir una nueva resolución de concesión de complemento de una pensión pero en esta ocasión está amparada en la mas reciente sentencia del TJUE que, por el momento, vuelve a abrir la posibilidad de que los padres (género masculino) y no solo las madres puedan complementar su pensión por haber tenido uno o mas hijos. No sabemos si esto durará mucho porque lamentablemente el Estado sigue con su empeño en discriminar por razón de género y ya se ha anunciado una nueva reforma legal para impedirlo.

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http://www.seg-social.es sede.seg-social.gob.es Teléfono de Información: [OCULTO] DIRECCIÓN PROVINCIAL ISM VILLAGARCÍA PONTEVEDRA DIR3: [OCULTO] NOMBRE Y APELLIDOS DEL TITULAR [OCULTO] DNI / NIE [OCULTO] REF [OCULTO] RESOLUCIÓN Esta Dirección Provincial ha resuelto reconocer el complemento para la reducción de la brecha de género a que se refiere el artículo 60 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, tras la doctrina del TJUE expresada en la sentencia de 15 de mayo de 2025 que equipara los requisitos de acceso a dicho complemento en ambos progenitores. Como consecuencia del reconocimiento de este complemento, se procede a abonar las liquidaciones en los términos que se señalan en el anexo adjunto. Contra esta resolución podrá interponer reclamación previa a la vía judicial social ante esta Dirección Provincial, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Puede realizar estos trámites a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (prestaciones.seg-social.es), tanto con certificado digital como con Cl@ve permanente. Si no dispone de ningún sistema de identificación electrónica podrá realizar el trámite por correo ordinario o dirigirse a la Dirección Provincial o Local de este Instituto más cercana a su domicilio, para lo que será necesario obtener cita previa en [OCULTO]. Fecha del documento: 28/10/2025